A) RELATIVOS A LA PARTE COMPRADORA
I.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA USADA: Está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
- LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS, (Calle General Martínez Campos, nº 30, en horario de 9 a 14 horas).
- Se utiliza el impreso de autoliquidación Modelo 601.
- Solicitar previamente las etiquetas identificativas del comprador. Si hay varios, es suficiente la de uno de ellos.
- Cumplimentar el impreso, siguiendo las instrucciones del mismo.
- Ingresar la deuda tributaria en cualquiera de las Entidades de Crédito colaboradoras. En Madrid, el tipo impositivo es el 6% que se aplica sobre el precio de compra.
- El plazo de presentación de la autoliquidación es de un mes, contado desde el día de otorgamiento de la escritura de compraventa.
Cita previa en el teléfono 915 809 404 o http.//gestiona.madrid.org. Cumplimentado el modelo de autoliquidación y satisfecho el pago del impuesto, junto con el impreso se ha de presentar en la Oficina de Gestión Tributaria la copia autorizada de la escritura notarial y una copia simple. La Oficina de Gestión Tributaria devolverá la escritura sellada y dos ejemplares del modelo de autoliquidación, uno de los cuales se ha de presentar en el Registro de la Propiedad junto con la escritura notarial.
- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD:
Una vez satisfecho el impuesto, podrá presentarse a inscripción en el Registro de la Propiedad donde consta inscrita la finca. Si está ubicada en Madrid, en calle Alcalá, nº 540.
Debe presentar la copia autorizada de la escritura y un ejemplar del impreso de autoliquidación, y abonar el coste del Registro. Le solicitarán un teléfono de contacto, y le darán un resguardo para poder retirar, transcurridos unos días, el documento ya despachado.
II.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA: La transmisión está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), y la escritura pública de compraventa está sujeta al IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.
- LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS, (Calle General Martínez Campos, nº 30).
– Se utiliza el impreso de autoliquidación Modelo 603.
– Su importe es el 1% del valor declarado de la vivienda.
El plazo de presentación de la autoliquidación y los trámites correspondientes hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad son los mismos que en el caso de adquisición de vivienda usada.
B) RELATIVOS A LA PARTE VENDEDORA
- LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (ANTIGUA PLUSVALÍA) EN EL AYUNTAMIENTO:
Debe personarse en el Ayuntamiento del municipio al que pertenezca la finca, con una copia simple de la escritura y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, la antigua Contribución Urbana.
En el Ayuntamiento le entregarán el modelo para el pago del impuesto PV 100, que cumplimentará el funcionario.
El plazo de presentación de la autoliquidación es de un mes, contado desde el día de otorgamiento de la escritura de compraventa.